actualidad

Informe especial 301 sobre la propiedad intelectual 2023

#FreshStartMonday

¡Bienvenidos/as al #FreshStartMonday!

En abril, la Oficina del Representante Comercial de los EE.UU. (USTR, por sus siglas en inglés), publicó el Informe especial 301 del 2023. Este informe contiene una revisión anual acerca de la protección y el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual (PI).
 
El reporte refleja el interés del gobierno estadounidense por alentar y mantener entornos propicios para la innovación, la protección y el cumplimiento efectivo de la PI en los mercados de todo el mundo. Esto no solo beneficia a los exportadores estadounidenses, sino también a las industrias nacionales intensivas en propiedad intelectual en esos mercados[1].
 
Dentro de este contexto, es importante señalar que Estados Unidos es uno de los principales socios comerciales de Guatemala, con inversiones y comercio bilaterales que ascienden a 1,6 mil millones de dólares anuales[2].
 
El informe afirma que Guatemala permanece en la Lista de Vigilancia en 2023 y dice:
“A pesar de la existencia de un marco jurídico sólido en general, la escasez de recursos, la incoherencia de las medidas de aplicación de la ley contra la falsificación de prendas de vestir y otros productos, así como la falta de coordinación entre los organismos encargados de hacer cumplir la ley, siguen dando lugar a una aplicación insuficiente de la propiedad intelectual. Estados Unidos insta a Guatemala a reforzar la aplicación de la ley, incluyendo la persecución penal, las medidas administrativas y fronterizas, y la coordinación intergubernamental para hacer frente a la piratería generalizada de derechos de autor y la venta a escala comercial de productos falsificados”. (página 78)

Guatemala goza de una posición estratégica en Centroamérica, con acceso a los océanos Atlántico y Pacífico, y tiene fronteras terrestres con México, El Salvador y Honduras. Además, los aeropuertos más cercanos de EE.UU. están a dos horas de vuelo.

En el caso de puertos marítimos, el crimen más frecuente es la defraudación aduanera, mientras que en las costas y fronteras, que se han calificado como “porosas”, la práctica común es el contrabando abierto y el trasiego de mercadería de áreas circunvecinas. Esto sucede sin restricción en los llamados “pasos ciegos”.

Estos crímenes generan competencia desleal (para quienes importan mercancías legalmente), afectan la seguridad interna del Estado, aumentan la brecha tributaria y generan violencia e impunidad.
 
Pero, a través de las vías legales, hay mucho que se puede hacer para combatirlos. El contrabando y la falsificación pueden ser abordados desde dos perspectivas:

  1. La proactiva. Primero, se deben registrar los signos distintivos y patentes ante el Registro de PI en Guatemala. Luego, debe haber una vigilancia constante de que sus derechos estén vigentes y no estén siendo violados por terceros.
  2. La reactiva. Esta sucede cuando tenemos indicios de que se pueden estar cometiendo estos delitos. En esta etapa se investiga y analiza, y sus resultados podrían dar paso a un litigio estratégico para hacer valer los derechos de PI de la mano de las autoridades correspondientes

 
En Carrillo & Asociados contamos con amplia experiencia trabajando desde ambas perspectivas, trabajando en conjunto con los clientes y las autoridades para encontrar las mejores soluciones para proteger sus productos y marcas. Si desea más información o realizar una consulta, puedes consultar a nuestros expertos, Álfaro López alfaro.lopez@carrillolaw.com y Mauricio Ordóñez mauricio.ordonez@carrillolaw.com o nos puede escribir a info@carrillolaw.com
 
 

 

[1] https://ustr.gov/issue-areas/intellectual-property/special-301

[2] https://gt.usembassy.gov/es/business-es/#:~:text=Estados%20Unidos%20y%20Guatemala%20mantienen,6%20billones%20de%20d%C3%B3lares%20anuales.

Compartir
publicaciones relacionadas

Nueva Ley de infraestructura vial prioritaria

El 12 de noviembre fue aprobado por el Congreso de la República el Decreto 29-2024, Ley de infraestructura vial prioritaria, que entrará en vigor 30 días después de su publicación en el Diario Oficial, algo que a la fecha no ha ocurrido.

Ver más