El 22 de diciembre de 2025 fue publicado en el Diario de Centroamérica el Acuerdo Gubernativo No. 256-2025 de fecha 19 de diciembre, el cual oficializó los nuevos salarios mínimos que rigen en Guatemala desde el 1 de enero de 2026. Estos quedaron de la siguiente manera:
Circunscripción Económica 1 (CE1), delimitada al departamento de Guatemala.
Circunscripción Económica 2 (CE2), que comprende el resto de los departamentos que conforman la República de Guatemala.
Deben tomar en cuenta que, si los salarios se calcularan por hora, se pagará la parte proporcional que corresponda dependiendo de la jornada de trabajo en la que se labore. Adicionalmente al salario mínimo fijado, según corresponda, se deberá pagar al trabajador la bonificación-incentivo de Q250 mensuales establecida en el Decreto No. 78-89 del Congreso de la República. Queda prohibida la división de esta prestación.
El Acuerdo Gubernativo también estableció algunas medidas de aplicación. A continuación, un resumen de las más relevantes:
- La Inspección General de Trabajo verificará el cumplimiento del pago del salario mínimo fijado por actividad y circunscripción económica.
- Los empleadores deberán contar con registros actualizados de conformidad con el giro habitual de sus actividades y ubicación de sus centros de trabajo.
- El monto fijado a aplicarse para el pago del salario mínimo se rige y determina por el lugar en el que se encuentre ubicado el centro de trabajo.
- En ningún caso saldrán perjudicados los trabajadores que ganen por pieza, precio alzado o a destajo.
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Publicado el 12 de enero de 2026