Boletín #161
El 6 de diciembre de 2023, se publicó el Acuerdo Ministerial No. 357-2023, a través del cual el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) dio a conocer la Norma técnica para la regulación de la distribución y comercialización de productos farmacéuticos y afines de uso estético en establecimientos autorizados.
El listado de productos que están regulados en esta norma son los siguientes:
- Toxina botulínica tipo A
- Ácido hialurónico lineal
- Ácido hialurónico reticulado
- Hidroxiapatita de calcio
- Hilos de dermosustentación de ácido poliláctico
- Hilos de dermosustención de polidioxanona
- Ácido policaprolactona poliláctico
Las disposiciones establecidas en la norma serán aplicables a las distribuidoras y droguerías que comercializan y distribuyan productos farmacéuticos y productos afines de uso estético en establecimientos autorizados en el país.
En virtud de estas disposiciones, las distribuidoras y droguerías únicamente podrán expender los productos de la lista a establecimientos autorizados que cuenten con Licencia sanitaria emitida por el Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud del MSPAS. En consecuencia, queda prohibido expender los productos mencionados a personas individuales, salones de belleza, spas u otros establecimientos no autorizados.
Las distribuidoras y droguerías deben contar con el soporte respectivo del expendio de los productos autorizados por el MSPAS. Este se verificará a través del Kardex de comercialización y puede estar en versión física o digital.
El Acuerdo Ministerial ya entró en vigor y se encuentra disponible en la página web del Ministerio de Salud por medio del siguiente enlace: https://medicamentos.mspas.gob.gt/index.php/legislacion-vigente/acuerdos.
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