#FreshStartMonday
¡Bienvenidos/as al #FreshStartMonday!
Estados Unidos es el principal socio comercial de Guatemala en materia de comercio exterior. Las aduanas de ambos países cuentan con una extensa y estrecha trayectoria de cooperación y colaboración. En octubre, entró en vigor un Acuerdo Aduanero entre ambos gobiernos. El objetivo de esta alianza es mitigar infracciones y delitos aduaneros en la lucha contra la defraudación y el contrabando y cooperar para promover la seguridad y agilidad en el comercio entre ambos países.
En Carrillo & Asociados abordamos todos los temas desde una perspectiva multidisciplinaria, y tenemos experiencia y equipos especializados en las materias que impactan a este acuerdo: asuntos fiscales, propiedad intelectual y el ramo penal.
El acuerdo
El punto central del acuerdo es la asistencia mutua para la prevención, detección e investigación de las infracciones aduaneras. Las autoridades tributarias de ambos países deberán cumplir con todas las solicitudes de información que se realicen dentro del marco de aplicación.
La asistencia específica girará en torno a:
- Informarse sobre la legalidad de la importación y exportación de bienes, de un territorio al otro.
- Previa solicitud, podrán vigilar a las personas que se sepa que han cometido o sospeche que cometerán alguna infracción aduanera; así como, a las mercancías, medios de transporte y los recintos que den lugar a sospecha de tráfico ilícito o que se han utilizado para cometer una infracción aduanera
- Proporcionar asistencia por medio de medidas cautelares y comisos
- En relación con bienes extinguidos, podrán disponer de los bienes, el producto y los medios extinguidos como resultado de la asistencia proporcionada
- Podrán autorizar la salida, el paso o la entrada de mercancías ilícitas o sospechosas en sus respectivos territorios, con el fin de investigar y perseguir las infracciones aduaneras.
Confidencialidad: Las limitaciones del acuerdo abarcan el mismo grado de confidencialidad que la parte receptora conceda a la información de índole parecida que tenga bajo su custodia. La información obtenida sólo podrá usarse o divulgarse con los fines autorizados en el intercambio. En caso la legislación de alguno de los países lo obliguen a divulgarla, lo podrán hacer si se trata de una causa penal, o si está relacionada con terrorismo u otros asuntos de seguridad nacional.
Excepciones: las partes podrán denegarse o suspender la asistencia en caso se infrinja su soberanía, seguridad u ordenamiento jurídico, o bien, aplazar la asistencia cuando consideren que prestarla obstaculizaría alguna investigación, procesamiento o actuación judicial en curso.
Avances: Este acuerdo permitirá agilizar iniciativas como: preclareo (que se refiere a compartir imágenes de scanner para adelantar el control y facilitar el ingreso a exportaciones), puertos seguros, participar en contratos preferenciales para exportaciones y arreglos de reconocimiento mutuo, entre otros.
Otras perspectivas
Adicional a este acuerdo con EE.UU., la SAT trabaja en un modelo de integración profunda con las aduanas de Honduras y el Salvador, y firmó un acuerdo aduanero con México en 2019.
En asuntos de Propiedad Intelectual, nuestro principal consejo es mantener en orden y vigentes los registros de marcas e identificar quién es el mandatario o representante encargado de ejercer acciones o despejar dudas ante la SAT.
Desde la perspectiva penal, Guatemala intercambia información con 33 aduanas a nivel regional para conocer hechos delictivos en estas instancias. Además de la SAT, este acuerdo también incluye a la Procuraduría General de la Nación, Ministerio de Gobernación, Ministerio de Relaciones Exteriores y Ministerio Público. Así que cualquier situación anómala y posiblemente delictiva podrá ser investigada por las autoridades competentes. Especialmente lo referente a delitos contra la defraudación y el contrabando aduanero.