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Cómo blindarse ante una interrupción en la cadena de suministros

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En octubre de 2023, Guatemala se vio paralizada por una serie de protestas y bloqueos en contra del gobierno que duraron 21 días. Los sectores económicos más afectados fueron alimentos, insumos hospitalarios, químicos industriales, entre otros. Con el paso del tiempo, el desabastecimiento e incumplimiento de contratos resultó en un alza de precios de la canasta básica.

Mientras la crisis cesaba en Guatemala, en Panamá estalló una situación similar. La aprobación de un contrato minero generó protestas masivas que inmovilizaron al país y retardaron el comercio regional. Según el sector logístico panameño, los 23 días de manifestaciones causaron mil millones de dólares en pérdidas para las empresas de transporte internacional.

Hay dos lecciones que nos dejan estas experiencias. Primero, la inestabilidad política de la región puede seguir impactando el movimiento de mercancías y personas. Pese a que concluyó la pandemia, las cadenas de suministros siguen siendo vulnerables. Segundo, es necesario tomar medidas para mitigar los riesgos que surgen a partir de dichos eventos.

Una de las formas en las que se pueden mitigar estos riesgos es por medio de un contrato que vaya más allá de la transacción comercial y la búsqueda de precios más bajos. Se requiere de un acuerdo que puede establecer las bases de una alianza con los proveedores, donde ambas partes tengan claras sus obligaciones y responsabilidades.

A continuación, compartimos algunas cláusulas que deben considerarse:

  1. Uso de Incoterms:

Los Incoterms son términos estandarizados que definen las responsabilidades de los compradores y vendedores en transacciones de comercio internacional. Estos también se pueden utilizar en los contratos de suministro, especialmente cuando estos involucran el movimiento transfronterizo de bienes. Los Incoterms definen las responsabilidades de entrega, transferencia de riesgos y costos entre el proveedor (suministrador) y el cliente (receptor).

Por ejemplo, un Incoterm como FOB (Free On Board) establecería que el proveedor es responsable de los bienes hasta que son cargados en el medio de transporte, momento en el cual el riesgo y la responsabilidad se transfieren al cliente, o el DDP (Delivered Duty Paid) permite que el proveedor asuma todos los costos y riesgos hasta la entrega de los bienes en el lugar designado por el cliente, incluyendo el despacho aduanero. Mientras que bajo EXW (Ex Works), el cliente asumiría la responsabilidad desde el punto de recogida en las instalaciones del proveedor.

  1. Compartición de riesgos (Risk Sharing Agreement):

Los riesgos potenciales en la cadena de suministro pueden perjudicar a ambas partes. Puede ser que afecten la entrega de materias primas esenciales o pueden afectar la venta de los productos que podría desencadenar una serie de complicaciones en el pago acordado.

Por estas razones, es recomendable que las partes incluyan una cláusula donde pacten compartir los riesgos para proporcionar un marco equitativo para la distribución de estos entre si, por ejemplo pactando que el contrato se pueda modificar si debido a hechos extraordinarios que son imposibles de prever y evitar, el cumplimiento del contrato excesivamente oneroso para las partes.

Al hacerlo, se promueve una relación de cooperación y confianza mutua, ya que ambos reconocen y asumen un porcentaje proporcional de los riesgos inherentes al acuerdo. Por ejemplo, en situaciones de interrupciones logísticas, podría establecer protocolos para la gestión de contingencias, como la búsqueda de rutas alternativas o proveedores de respaldo.

  1. Fuerza mayor:

La pandemia demostró que la inclusión de una cláusula de fuerza mayor en un contrato de suministro es indispensable, particularmente en un contexto donde eventos imprevistos pueden alterar significativamente las condiciones de cumplimiento contractual. De acuerdo con el Código Civil de Guatemala, las partes están obligadas a cumplir con sus compromisos contractuales y el incumplimiento conlleva responsabilidades, incluyendo el pago de daños y perjuicios. Sin embargo, la fuerza mayor constituye una excepción a este principio.

La fuerza mayor se caracteriza por ser un evento imprevisible, inevitable, externo y rompe el nexo causal, actual y sobrevenido. La legislación guatemalteca[1] establece que, si ocurre un evento de fuerza mayor, el deudor puede quedar eximido de responsabilidad por incumplimiento, siempre que no se encuentre ya en mora. Es crucial que la parte afectada notifique oportunamente al acreedor sobre el evento y demuestre cómo este impide el cumplimiento de sus obligaciones.

Es prudente incluir una cláusula específica que defina qué constituye un evento de fuerza mayor en el contexto del contrato; establecer procedimientos de notificación y verificación de tales eventos; precisar los efectos sobre las obligaciones contractuales, incluyendo la suspensión o terminación del contrato; determinar mecanismos de mitigación de daños y posibles ajustes contractuales.

  1. Cláusula de cumplimiento y penalizaciones:

Detallar explícitamente las consecuencias asociadas al incumplimiento de los términos acordados en el contrato, proporciona un mecanismo claro para manejar situaciones de incumplimiento. Algunas penalizaciones comunes en los contratos de suministro son: el cobro de un monto específico por cada día de retraso en la entrega de los bienes, hasta un monto máximo acordado, el derecho de cancelar los pedidos pendientes sin incurrir en responsabilidad, o el establecer compensaciones, descuentos u obligación de reemplazo si los bienes entregados no cumplen con las especificaciones de calidad acordadas.

Adicionalmente, para mitigar cualquier pérdida que pueda surgir las partes pueden evaluar la contratación de seguros que cubra la pérdidas debido a daños en el transporte, interrupciones, responsabilidad civil y otros riesgos relacionados.

***

Estas cláusulas no solo son medidas disuasorias contra el incumplimiento, sino también herramientas esenciales para la gestión de riesgos y la protección de los intereses de ambas partes.

Más allá de lo que se pueda pactar, una de las formas más eficientes de detectar riesgos en la cadena de suministros es por medio del monitoreo del cumplimiento del contrato. Si un proveedor comienza a desviarse de sus obligaciones contractuales, esto puede ser una señal de problemas que deben atenderse de forma inmediata.

Un contrato bien elaborado y gestionados permite reducir riesgos y optimizar los procesos de la cadena de suministro, pues al prever posibles interrupciones también ofrecerá soluciones para la continuidad del negocio. 

En tiempos de incertidumbre, contar con contratos adaptados a la realidad cambiante es más importante que nunca. Si quisiera evaluar sus contratos o tiene cualquier otra consulta, no dude en contactarnos.

 

 


[1] Artículo 1426 del Código Civil

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