Boletín #184
El 3 de noviembre de 2025 entró en vigor el Acuerdo de Concesión Acelerada de Patentes (APG), suscrito entre el Registro de la Propiedad Intelectual de Guatemala (RPI) y la Oficina de Patentes y Marcas Registradas de Estados Unidos (USPTO, por sus siglas en inglés). Este estará vigente durante cinco años, con la posibilidad de revisión o interrupción con previo aviso.
Con este cambio se acelerará el examen de fondo en Guatemala sin saltarse la Ley de Propiedad Industrial (LPI), ya que se seguirá revisando la novedad, el nivel inventivo y la aplicación industrial de la patente. En otras palabras, el examen será más ágil cuando exista un expediente equivalente en Estados Unidos, pero no significa que se otorgará la patente “por rebote”.
¿Cuándo aplica?
Este proceso aplicará al realizar una solicitud en Guatemala que esté vinculada a una de la USPTO. Se respetarán los plazos para presentar solicitudes en otros países contenidos en el Convenio de Paris y en el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT).
Es importante destacar que para poder solicitar el APG, ya deberá existir una concesión o examen favorable en Estados Unidos. Además, las reivindicaciones en Guatemala deben coincidir con las consideradas patentables por la USPTO (siempre que no sean contrarias a los límites de la LPI).
Ante este nuevo panorama, compartimos algunas sugerencias:
- Identificar expedientes con prioridad USPTO/PCT compartida.
- Revisar y alistar documentación.
- Calendarizar el trámite. Esto supone solicitar el APG después de que el RPI realice las operaciones y antes de pagar el examen de fondo.
Este Acuerdo es una buena noticia ya que reducirá los tiempos de espera, facilitará la previsibilidad de las resoluciones al alinear reivindicaciones con lo ya validado por la USPTO y creará una experiencia de trámite más fluida en el RPI.
Si considera que alguno de sus expedientes podría calificar para el APG, o tiene alguna duda sobre el nuevo proceso, no dude en contactarnos.
Publicado el 26 de noviembre de 2025